A- de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Función pública de dar fe
- Conflictos sobre actos propios de la función notarial
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Primero Civil del Circuito de Dosquebradas (Risaralda) y el Juzgado Quinto Administrativo del Circuito de Pereira (Risaralda).
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una acción popular formulada por un ciudadano en contra del Notario Único de Dosquebradas, por cuanto el inmueble en el que presta el servicio público notarial no cuenta con intérprete y desconoce la normas sobre protección de las personas con discapacidad visual y auditiva (artículos 8 y 15 de la Ley 982 de 2005).
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte declaró que la autoridad competente para resolver el mencionado asunto es el Juzgado Quinto Administrativo del Circuito de Pereira, a donde ordenó enviar el expediente para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al otro operador jurídico involucrado.
La regla de decisión aplicada establece que las acciones populares que se presenten en contra de notarías para obtener las adecuaciones y ajustes razonables que permitan el acceso efectivo al servicio público de las personas en situación de discapacidad serán competencia de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, por cuanto dicha pretensión está inescindiblemente relacionada con el acceso a la función administrativa que cumplen estos particulares (en los términos del artículo 15 de la Ley 472 de 1998), esto es, el desempeño de las atribuciones encomendadas a los notarios en su condición de fedatarios públicos previstas en el artículo 3° del Decreto 960 de 1970.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Dosquebradas (Risaralda) y Juzgado
- Quinto. Administrativo del Circuito de Pereira (Risaralda), en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Quinto. Administrativo del Circuito de Pereira (Risaralda) es la autoridad competente para conocer la acción popular interpuesta por el ciudadano Augusto Becerra Largo en contra del notario único de Dosquebradas (Risaralda).
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-694 al Juzgado
- Quinto. Administrativo del Circuito de Pereira (Risaralda) para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Dosquebradas (Risaralda).
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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